lunes, 15 de febrero de 2016

MODELO ATENCIÓN CENTRADO EN LAS PERSONAS

La Junta aprueba la nueva normativa de centros de carácter social para personas mayores que introduce un modelo de atención centrado en las personas y en sus necesidades


El Consejo de Gobierno ha aprobado los decretos que establecerán el nuevo marco normativo sobre la autorización y la acreditación de los centros de carácter social para personas mayores, dos decretos que son complementarios y cuyo objetivo es dar un paso más en la atención a las personas mayores a través de intervenciones basadas en apoyos y en sus proyectos de vida. La nueva normativa no sólo está enfocada a mejorar la calidad de la atención que reciben las personas mayores que están en residencias sino que también busca mejorar la calidad de vida de las personas mayores en general, de aquellos que residen en sus domicilios y que necesitan apoyos a su vida independiente, a través de los centros multiservicios o los centros de día.

Consejo de Gobierno del 4 de febrero de 2016


Se trata de un nuevo modelo de atención que quiere responder a las demandas de las personas mayores en atención y servicios, que prioriza conceptos como la autodeterminación, las relaciones personales, la inclusión social y las expectativas y deseos de las personas. El modelo busca mejorar la calidad de vida de las personas mayores en general, tanto de aquellas que están en centros residenciales como de los que viven en sus domicilios y necesitan apoyos a su vida independiente, a través de los centros multiservicios o los centros de día. Aportará a las personas mayores y a sus familias avances que derivan de este modelo, denominado ‘En mi casa’, como la introducción en los centros residenciales y estancias diurnas de una planificación centrada en la persona a través del ‘proyecto de vida’ y de una atención personalizada a través de la figura del ‘profesional de referencia’. Se trata de un modelo novedoso en España que pretende avanzar en la calidad de la atención en la línea de los países europeos más avanzados en esta materia.

Sobre estos fundamentos se ha generado consenso con los representantes de las personas mayores, los de los partidos políticos, que solicitaron por unanimidad de las Cortes, que el modelo ‘en Mi casa’ fuera el fundamento sobre el que se asentara la nueva regulación de los centros para personas mayores. Cabe hacer una mención especial a los profesionales de los centros así como a los representantes de las entidades, tanto a través de la Federación de Castilla y León de Residencias de la Tercera Edad (ACALERTE) como la Asociación de residencias y servicios de atención a los mayores (LARES). Ambos están pilotando primero en sus centros los fundamentos del nuevo modelo de atención y posteriormente han aportado sugerencias a los diferentes borradores perfeccionando el texto y asumiendo la responsabilidad de implantarlo en sus propios centros. Es una nueva normativa que ha nacido, al mismo tiempo, de las demandas de los colectivos sociales y, en especial, de las asociaciones de personas mayores, que venían reiterando la necesidad de dar otro enfoque a la atención a las personas mayores en los centros, en especial a las personas mayores dependientes, para que los derechos de ciudadanía de los usuarios puedan ser ejercidos en igualdad de oportunidades que el resto de los ciudadanos.

La nueva normativa, que se asienta sobre el concepto ‘calidad de vida’, se ha gestado mediante el pilotaje y posterior evaluación en un centenar de experiencias en centros residenciales y en unidades de estancias diurnas de toda la Comunidad desde mediados del año 2012 del modelo que se denomina ‘En mi casa’.

Castilla y León cuenta en la actualidad con una amplia red con 45.783 plazas para mayores en 687 centros residenciales y 5.261 en 221 centros de día con unidades de estancia diurna. Esto supone que Castilla y León tiene una cobertura de plazas residenciales del 7,68 %, 3,5 puntos más que la media nacional, que es del 4,22 %. Teniendo en cuenta la existencia de esta gran red de centros, se han diferenciado con claridad las exigencias de la configuración espacial de los centros de nueva creación a partir de la entrada en vigor del Decreto de Autorización y aquellos autorizados previamente.

Novedades, beneficios y avances para las personas mayores

Proyecto de vida. Se establece para todos los centros requerimientos relativos a la calidad de vida de las personas usuarias. Una de las grandes novedades de esta normativa es la necesidad de que las personas usuarias de centros residenciales y de estancias diurnas cuenten con un ‘proyecto de vida’ como garante del derecho de autodeterminación de los usuarios, que debe garantizar así mismo el control de su propia vida y deberá contener el ‘plan de apoyos’ para conseguir hacer efectivos sus deseos. Para que el proyecto de vida sea una realidad, cada usuario de los centros contará con un ‘profesional de referencia’.

Plan de apoyos. Dentro del proyecto de vida, el plan de apoyos será el instrumento de intervención de carácter técnico en el que quedarán reflejados los apoyos que se van a proporcionar a la persona usuaria de los centros para conseguir el desenvolvimiento de la persona en su cotidianeidad e inclusión social. Durante su diseño y ejecución se deben visibilizar ante la propia persona, su familia y el equipo profesional, las habilidades, destrezas y capacidades que la persona conserva, y, apoyándose en ellas, ofrecer los cuidados, estímulos y apoyos que en cada caso se requieran.

Profesional de referencia. A toda persona usuaria de centros residenciales y estancias diurnas se le asignará un ‘profesional de referencia’, profesional que establecerá con la persona mayor una relación de apoyo, constituyendo para él una figura de referencia en el centro para la atención, canalización y resolución de sus problemas y demandas. El profesional de referencia se encargará de facilitar la coordinación diaria de todas las actuaciones relativas a la persona mayor, la ejecución y el desarrollo de las actividades en las que participe, adecuándolas a los objetivos previstos según el desarrollo de su proyecto de vida.

La persona decide sobre cómo quiere vivir. Los profesionales informan y proponen a la persona usuaria las intervenciones que estiman como más convenientes para su atención, pero es la propia persona quien toma la decisión sobre su futuro hacia un envejecimiento deseable.

Atención integral centrada en la persona y sus necesidades. Otro pilar es un nuevo concepto de relación entre las personas mayores y sus familias y los centros. El nuevo modelo cambia un sistema de atención basado fundamentalmente en el mantenimiento de la salud, por un modelo de atención integral y centrado en la persona. Por ello, la actividad principal en los centros residenciales se orienta a asimilar la vida cotidiana a la del entorno familiar.

Unidades de convivencia. En los centros nuevos o en las ampliaciones de los existentes el espacio se organiza en unidades de convivencia, con un máximo de 16 plazas, que permiten acercarse lo máximo posible al concepto del hogar familiar y dar un paso más en la personalización de la atención. Con relación a los centros existentes, será opcional su adaptación en unidades de convivencia, y se establece un sistema viable de adaptación, en su caso, para atender a las personas dependientes.

Única categoría en los tipos de plazas residenciales. Se aglutinan en una única categoría los tipos de plazas residenciales, la de aptas para atender a personas en situación de dependencia, que responde a la mayoría de personas usuarias de los centros residenciales.

Tipología de centros

Los centros de carácter social para la atención a las personas mayores se clasifican en centro residencial y centro de día. Dentro del concepto ‘En mi casa’, se incorporan a la normativa dos nuevas modalidades de organización de los servicios: el centro multiservicios y las unidades de atención socio-sanitaria.

El centro residencial representa el conjunto de espacios y servicios configurados como agrupación de hogares, dirigido preferentemente a personas mayores dependientes o a personas con necesidades afines, que garantice con carácter permanente o temporal la atención integral y continuada a la persona, promoviendo su autonomía y potenciando sus capacidades, según el cometido social de su ciclo vital. Incluye el alojamiento, la manutención, la atención de sus necesidades básicas y de las necesidades particulares derivadas de su situación personal y social.

El centro de día es el conjunto de espacios y servicios dirigidos preferentemente para personas mayores, que puede contar con una unidad de estancias diurnas, con una unidad de atención social o con ambas unidades simultáneamente.

Se abre paso un nuevo tipo de centro, el centro multiservicio. Los centros multiservicio integran un conjunto de servicios dirigidos a las personas que siguen viviendo en su domicilio pero que necesitan apoyos para mantener su autonomía y su integración social. De esta forma, los servicios pueden ser prestados en el propio centro o en el domicilio de la persona. Castilla y León cuenta con 285 centros multiservicios que ofrecen un total de 720 servicios registrados.

Las unidades de atención socio-sanitaria son dispositivos de media estancia que cuentan con servicios sanitarios integrados en los centros residenciales, que cuentan con autorización sanitaria, y atienden a personas con necesidades simultáneas de salud y servicios sociales hasta que se produzca el alta sanitaria. Están en funcionamiento 104 plazas de atención socio-sanitaria en la Comunidad en coordinación con SACYL.

Requisitos para los centros residenciales de nueva implantación

La capacidad máxima de cada unidad de convivencia será de 16 plazas. Cada unidad de convivencia contará con una zona común para los residentes de la misma que reunirá las siguientes características: las zonas comunes de la unidad de convivencia son la cocina, el comedor y la sala de estar, y podrán agruparse en un único espacio polivalente.

Los centros para personas mayores de nueva construcción deberán estar ubicados en suelo urbano de cualquier municipio de Castilla y León, con el objetivo de impulsar la cohesión social de las personas mayores, que estén integrados en la comunidad y que tengan los distintos servicios accesibles.

Salvedades para los centros ya existentes

Se permite que se siga operando con la misma distribución espacial autorizada sin necesidad de realizar ninguna adaptación arquitectónica. En el supuesto de que se quieran realizar adaptaciones arquitectónicas, incorporando una o varias unidades de convivencia dentro del centro existente, se establece un régimen especial para que se puedan incorporar progresivamente unidades de convivencia.

Entrada en vigor

La nueva normativa entrará en vigor a los seis meses de su publicación en BOCYL, de forma que los centros que se creen a partir de su entrada en vigor deberán ajustarse al nuevo modelo y al concepto de unidades de convivencia, pero también se establece un amplio régimen adicional para conjugar el nuevo modelo con la realidad existente. Los principales desarrollos normativos se centrarán en el plan de vida y en el plan de gestión de la calidad de los centros. Respecto al personal de los centros, se establecen las ratios que determina el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, similares a las que existen en la Comunidad en la actualidad.

Decreto de Acreditación de centros

Sobre la base del Decreto de Autorización y Funcionamiento se configura el segundo de los decretos aprobado hoy, el de Acreditación. En la actualidad, tanto los centros residenciales como los centros de día están sujetos a una normativa de autorización que garantiza la calidad de la atención. Lo que se pretende ahora es avanzar en esa calidad adoptando mejoras en la línea en la que lo están haciendo los países europeos avanzados en esta materia y que supone una novedad en España. En este sentido, se aprueba el decreto de Autorización para distinguir a aquellos centros que alcancen el nivel de excelencia en la atención. Se trata de un valioso instrumento de impulso de la mejora continua de la atención y la calidad de vida de las personas usuarias de esos centros.

En este sentido, esta acreditación de excelencia pretende dimensionar y reconocer la calidad de las unidades de convivencia o del centro en su conjunto, si está constituido íntegramente por unidades de convivencia, mediante la verificación del cumplimiento de determinados criterios y estándares que garantizan no sólo el acatamiento de los requisitos formales regulados para la autorización, sino la superación y progreso de ese umbral de calidad mínimo y el compromiso del centro o unidad con la mejora continua. Se acreditarán unidades de convivencia o centros conformados por éstas. Esta acreditación se realiza bajo la denominación ‘En Mi Casa’, que ha sido registrada por la Junta de Castilla y León en el Registro oficial de Marcas y Patentes.

Los efectos de la acreditación permiten que la entidad titular pueda hacer uso del distintivo de ‘unidad de convivencia’ o ‘centro’ acreditado, que le reconoce el nivel de calidad. A tal efecto, se establecen una serie de criterios para acreditar tanto a las residencias como a los centros de día, que hacen referencia a cuestiones como que los usuarios puedan personalizar sus habitaciones, que exista la posibilidad de poder elegir los horarios para las rutinas diarias, la organización de actividades sobre las preferencias de las personas, el trabajo de integración de la familia en la unidad, que el personal de la unidad sea siempre el mismo o el hecho de medir la satisfacción de usuarios, familia y trabajadores. El Decreto de Acreditación también entrará en vigor a los seis meses de su publicación en Bocyl.





Tras ser un proyecto piloto en la Residencia "Los Royales" de Soria, este modelo de intervención sociosanitaria se va extendiendo a toda la comunidad.

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